TSE Distribuirá Formularios en Registros Municipales para Cambios de Domicilios
Boletín Informativo, 08 de Junio de 2017
Un formulario exclusivo para la solicitud de cambios de domicilios pondrá a disposición de los ciudadanos y ciudadanas, el Tribunal Supremo Electoral TSE, a fin de evitar los manoseos por parte de políticos que en el pasado han manipulado los traslados de electores de un municipio a otro.
La información de la modalidad del reglamento domiciliario y otras determinaciones la dieron a conocer los miembros del Pleno de Magistrados del TSE, y el Directorio del Registro Nacional de las Personas RNP luego de una reunión de trabajo, realizada este día.
Los Funcionarios explicaron que, en eventos electorales anteriores se ha usado un formulario para los cambios de domicilio propios del RNP pero los mismos eran muy generales y esa fue en muchas ocasiones una de las justificaciones del por qué la información no se reportó de forma adecuada, no obstante con la modalidad del nuevo documento que elaborará el TSE, será más exclusivo y los registradores deberán devolver la misma cantidad documentos que se les envié para tal fin.
El Presidente del órgano electoral David Andrés Matamoros Batson, detalló que los listados provisionales de electores con los que se ira a Elecciones Generales, está en exhibición en los Registros Municipales y es de 5 millones 961 mil personas, agrego que el mismo está sujeto a nuevas incorporaciones y a depuraciones, en ese sentido, estimó, que para noviembre el CNE Definitivo será d 6.2 millones de hondureños y hondureñas inscritos para ejercer el sufragio.
“Estamos llevando a cabo un proceso de verificación al detalle para ir resolviendo inconsistencias que hemos encontrado, nuestra intención es que ningún hondureño (a) se quede sin ejercer el sufragio” dijo el funcionario electoral en relación al CNE Provisional, agregó que los formularios para los cambios de domicilio, ya se enviaron a imprenta y serán distribuidos en los próximos días a todos los Registros Municipales a nivel nacional.
La Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas LEOP, establece que el TSE, tendrá bajo su responsabilidad la autorización de los cambios de domicilios electorales para tal efecto emitirá los formularios, los cuales serán puestos a la disposición de la ciudadanía a través del RNP y este a su vez tendrá la obligación de remitir al TSE los formularios y su base de datos especificando cuales cambios domiciliares proceden conforme a la huella dactilar.
Por su parte el director del RNP Miguel Villela, reconoció que es el órgano electoral es quien lidera el tema electoral y que la tarea de ellos es facilitar al tribunal la información necearía para la elaboración del Censo y documentar a la ciudadanía para que porte su tarjeta de identidad y pueda ejercer el sufragio.
De acuerdo con la ley electoral, el ciudadano (a) podrá solicitar cambio de registro de domicilio electoral solamente en los casos en que resida o sea oriundo del municipio para el cual solicita el traslado, la gestión debe hacerse de forma personal.
Comunicación /LMR
Oficina de Comunicación e Imagen y Prensa TSE