Buscan Inscribir un Nuevo Partido Político en el TSE
Billy Joya Améndola quien se hizo acompañar por su familia al TSE, confirmo a la prensa nacional que mediante una carta oficializó su renuncia a la militancia del Partido Nacional.
Boletín Informativo, 14 de Mayo 2019
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recibió hoy, notificación de la conformación de un nuevo partido político denominado POR Honduras (PORH) en cual es impulsado por el reconocido ciudadano Billy Fernando Joya Améndola.
Ante la consulta sobre críticas a sus acciones pasadas y cuestionadas por algún sector de la sociedad el reconocido Capitán Billy Joya afirmó “Esto no se trata de mi persona y el que quiera señalarme como lo han hecho durante 30 años yo lo respetaré, esto se trata por Honduras y nosotros simplemente estamos dando con mi familia el primer paso, que constituye el hecho de solicitar la constitución de un nuevo Partido Político para intentar al menos en este gesto patriótico buscar una opción de cambio para Honduras”.
Joya dejo claro que de momento no ha pensado en una candidatura presidencial y que en esta primera fase lo prioritario es recorrer el territorio nacional para recolectar las firmas que avalen la nueva estructura política.
Hasta a la fecha son diez los partidos políticos que están en proceso de Inscripción en el TSE: Partido liberación Democrático de Honduras (LIDERH), Partido Nueva Ruta, Partido Organización de las Reservas Democráticas de la Nación (ORDEN), Partido Movimiento de Acción Social (MAS), Partido Nacional Republicano Hondureño (PANAREH), Partido Salvador de Honduras (PSH), Partido Integración Social de Honduras(PAISH), Partido Todos Somos Honduras, Partido Valor e Integridad Contra la Corrupción (BRICC), Partido Por Honduras (PORH).
El art 63 establece que: La constitución de los partidos políticos es libre. Un número no menos a cincuenta (50) ciudadanos hondureños, en el pleno de ejercicio de sus derechos políticos, podrá comparecer ante un notario manifestando su propósito de constituir un partido político y requiriéndole para que lo haga constar en Acta Notarial. El Acta contendrá el nombre y documentación de los requirentes de su representante legal y el nombre con el cual actuara sujetándose a lo dispuesto en la constitución y esta ley.